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Convocadas elecciones a miembros de Junta Electoral y Comisión de Seguridad y Salud del Centro
Emisor: David Sales Lerida <david.salesuca.es>
Fecha: 23 de junio de 2016 23:38:30
Ámbito del mensaje: Público
Tema: Información General , Junta de Escuela , Secretaría

Estimados miembros de la comunidad universitaria de la EPS de Algeciras:

anunciaros que han dado comienzo los procesos electorales para la elección de miembros de la Junta Electoral del Centro y de la Comisión de Seguridad y Salud del Centro. Ambos comparten el calendario electoral.

Se recuerda que toda la información sobre las elecciones se publica en la Web epsalgeciras.uca.es/elecciones

Atentamente,

El Secretario

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EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA EPS DE ALGECIRAS

TÍTULO V. LA JUNTA ELECTORAL DE CENTRO
Artículo 57. Competencias.
Corresponde a la Junta Electoral de Centro las siguientes competencias:
a) Supervisar y resolver las incidencias que se presenten en los procesos electorales
celebrados en su ámbito.
b) Actuar en primera instancia en los procesos electorales correspondientes a los
órganos periféricos de la Universidad y en los de representantes estudiantiles que
se celebren en su ámbito.
c) Proclamar los candidatos a las elecciones que se celebren en su ámbito y, tras su
celebración, los candidatos electos, resolviendo las incidencias y reclamaciones
que se presenten en relación con cualquier actuación del proceso electoral.
d) Encomendar a sus respectivos presidentes las competencias que estimen
oportunas, de acuerdo con lo establecido en la legislación del régimen jurídico de
las Administraciones públicas.
e) Actuar por delegación de la Junta Electoral General.
f) Todas aquellas que puedan atribuírseles en el Reglamento Electoral General de la

Universidad de Cádiz.

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCA

Artículo 5 – Funciones de la Comisión de Seguridad y Salud de los centros

Le corresponde a la Comisión de Seguridad y Salud de los Centros las siguientes funciones:

a)     Elevar informes al CSS-UCA sobre la situación de su centro/s o dependencia en materia de Seguridad y Salud proponiendo las medidas que estime oportunas para subsanar los defectos observados.
b)    Estar presente en las visitas que el CSS-UCA realice en ese centro/s o dependencia
c)     Asistir, siempre que sea invitado por el CSS-UCA, a las reuniones del mismo, con voz pero sin voto, cuando se traten temas que afecte al centro/s o dependencia.

Los representantes del P.A.S. en las Comisiones de Seguridad y Salud de los Centros dispondrán del crédito horario necesario para ejercer las funciones previstas en los apartados b) y c) de este artículo, así como para asistir a las reuniones de la Comisión de Seguridad y Salud del Centro que oficialmente se convoquen.


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